Residencial con densidad de ocupación Media-alta

Código R2B3

R2B3: Son zonas de carácter residencial similar a las R2A con menor intensidad de ocupación total y con mayor diversidad de usos.

Tipología edilicia:

Se permiten edificios entre medianeras, de perímetro semilibre y de perímetro libre. Los edificios de perímetro libre se permitirán únicamente en parcelas mayores de 2500 m² o un cuarto de manzana. No se permiten edificios de perímetro libre en el barrio de “La Boca”.

Altura máxima: Para el caso de edificios entre medianera y perímetro semilibre, la altura máxima será de 9.00 m a contar desde la cota de la parcela determinada por la Dirección de Catastro, permitiéndose la construcción de un piso retirado a una distancia mínima de 2.00 m desde la Línea Municipal (L.M.) y por debajo de un plano inclinado a 45º desde la altura de 9.00 m y con un plano límite horizontal a 12.00 m de la cota de la parcela. En el caso de edificios de perímetro libre el plano limite horizontal: 18.00 m a contar desde la cota de parcela.

FOT: 1.20

FOS: El que resulta de las normas de tejido salvo lo dispuesto en los Cuadros de Usos. La Línea de Frente Interno (LFI) coincidirá con Línea Interna de Basamento (LIB).

Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones de los Cuadros de Usos.

Observaciones: Se permiten construcciones habitables hasta un plano horizontal ubicado a más de 3.50 m del terreno natural dentro del 30% ocupable en el centro libre de manzana.

Casos particulares: Existen disposiciones especiales para el barrio de “La Boca”.

El sector delimitado por los ejes de las Avenidas Warnes, Garmendia, Del Campo, deslinde del distrito UF y eje de la Avenida Punta Arenas hasta su intersección con el eje de la Avenida Warnes. En este sector, las parcelas habilitadas conforme al distrito E2 mantendrán los usos, las normas de tejido y el FOT de dicho distrito. Asimismo, podrán optar por el distrito de zonificación R2B3.

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